C/ Fernando el Católico 38, 29013, Málaga.

La solicitud de prórroga del permiso de conducir puede presentarse 3 meses antes de la fecha de la pérdida de vigencia.
Cada Permiso de Conducción tiene un período de vigencia transcurrido el cual hay que proceder a su renovación.
Igualmente el período de vigencia de las diversas clases de permiso podrá reducirse si, al tiempo de su concesión o de la prórroga de su vigencia, se comprueba que su titular padece enfermedad o deficiencia que, si bien de momento no impide aquélla, es susceptible de agravarse.

  • Los permisos de la clases B,B + E, A, A1, A2 tienen un período de vigencia de 10 años hasta los 65 años. A partir de los 65 años la vigencia es de 5 años.
  • Los permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E tienen un periodo de vigencia de 5 años hasta los 65 años. A partir de los 65 años el período de vigencia será de 3 años.

Desde el Alborán centro médico le gestionaremos la tramitación con la DGT, no será necesario traer fotos ni haber pagado previamente las tasas ya que se abonarán directamente en nuestro centro.
Los mayores de 70 años no pagan tasas de renovación. Tan sólo recuerde traer informes médicos, si procede.
Finalizado el reconocimiento se le entregará una Autorización Temporal de Conducción que tendrá una validez de 3 meses, tiempo durante el cual la DGT enviará a su domicilio el nuevo permiso de conducir.
Documentación precisa:

  • Renovación: DNI y carnet de conducir.
  • Obtención: DNI.
  • Recuperación de puntos: DNI, carnet de conducir (si lo tiene).
  • Canjes/Homologación: DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, carnet de conducir del país de origen.
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